Incluye los documentos en los que se establecen objetivos a desarrollar por el órgano que promueve su adopción y, en su caso, la evaluación de los resultados alcanzados durante la aplicación del Plan. Esta información será objeto de actualización permanente.
La Sentencia del Tribunal Constitucional 55/2018, de 24 de mayo de 2018 ha declarado contrario al orden constitucional de competencias el artículo 132 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas por el que se establecía que: “Anualmente, las Administraciones Públicas harán público un Plan Normativo que contendrá las iniciativas legales o reglamentarias que vayan a ser elevadas para su aprobación en el año siguiente”
Por ello no se procede a la elaboración de nuevas actualizaciones del plan anual normativo.